ARCA amplió el plan de pagos para pymes: deudas hasta octubre de 2026 y adhesión hasta junio de 2027
La Resolución General 5924/2026 corre la fecha de corte y extiende el período de adhesión del régimen especial para MiPymes, pequeños contribuyentes y entidades sin fines de lucro.

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) publicó en el Boletín Oficial la Resolución General 5924/2026, que amplía el régimen especial de facilidades de pago orientado a las micro, pequeñas y medianas empresas, a los pequeños contribuyentes y a determinadas entidades sin fines de lucro. La medida modifica las fechas que hasta ahora regían para acceder al plan y permite incorporar obligaciones que habían quedado fuera del esquema original.
El cambio central es el corrimiento de la fecha de corte. El régimen original alcanzaba a las deudas vencidas hasta el 30 de junio de 2026, y ahora ese límite pasa al 31 de octubre de 2026. Además, el plazo para adherirse se extiende: en lugar del 30 de diciembre de 2026, los interesados podrán sumarse hasta el 30 de junio de 2027.
Quiénes pueden acceder
- Micro y Pequeñas Empresas
- Medianas Empresas de los tramos 1 y 2
- Pequeños contribuyentes
- Determinadas entidades sin fines de lucro
Qué deudas se pueden regularizar y en cuántas cuotas
Las obligaciones alcanzadas incluyen deudas impositivas, aduaneras y de recursos de la seguridad social, junto con las multas aplicadas hasta el 31 de octubre de 2026. Las condiciones de financiación se mantienen respecto del esquema original: las micro y pequeñas empresas y los pequeños contribuyentes pueden acceder a hasta 18 cuotas mensuales para obligaciones generales, mientras que las medianas empresas de los tramos 1 y 2 tienen un tope de 15 cuotas.
Aunque la resolución ya está vigente, la carga de las nuevas deudas en el sistema «Mis Facilidades» quedará habilitada recién a partir del 16 de noviembre de 2026, bajo la opción «Régimen Especial de Facilidades de Pago, Obligaciones vencidas al 31/10/2026». Hasta esa fecha, el sistema no permitirá incorporar obligaciones con vencimiento posterior al 30 de junio. El trámite se realiza de forma online a través de ese servicio del organismo recaudador.
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