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Martes, 3 de noviembre de 2026
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Concesionarias: montos fijos por categoría y nueva revisión en enero para el personal del sector

SMATA y ACARA acordaron salarios nominales para el último trimestre del año, con un incremento complementario en diciembre y un nuevo encuentro para analizar la inflación.

NC
Norberto CattaneoCampo y producción · · 2 min de lectura
Concesionarias: montos fijos por categoría y nueva revisión en enero para el personal del sector

Los trabajadores de concesionarias de autos cuentan desde el 1° de octubre con nuevos salarios. El acuerdo firmado entre el sindicato SMATA y la cámara ACARA alcanza al período octubre-diciembre y se rige por el convenio colectivo de trabajo 99/23, que regula la relación laboral de todo el sector.

A diferencia de otros acuerdos salariales, esta paritaria no aplica un porcentaje único para todos los escalafones. Los aumentos se fijan como montos nominales y varían según la categoría del trabajador, lo que obliga a revisar cada escala para conocer el ingreso que corresponde a cada puesto.

Escalas y montos vigentes

Para octubre y noviembre, las escalas comienzan en $1.073.088,67 para los vendedores de planes de ahorro y los vendedores itinerantes de repuestos ubicados en una franja. La escala siguiente asciende a $1.099.915,89. En diciembre se suma un incremento complementario que se aplica sobre esos valores base.

Comisiones y beneficios del convenio

  • Comisión mínima garantizada del 0,5 por ciento sobre el precio de venta libre de tributos para el personal de ventas.
  • Antigüedad con una escala que va del 3 por ciento a los dos años de servicio hasta el 39 por ciento a los 26 años.
  • Suplementos del 4 por ciento por dominio de un idioma extranjero y del 10 por ciento por título habilitante, calculados sobre el básico.
  • Plus del 20 por ciento para quienes trabajan en la Patagonia, en las provincias de Neuquén, Río Negro, Chubut, Santa Cruz y Tierra del Fuego, además de las Islas del Atlántico Sur.

El convenio también contempla compensación por transporte, sea público o propio, y una asignación vacacional equivalente a 130 horas anuales. Asimismo, prevé subsidios por fallecimiento de familiares directos, calculados sobre la categoría máxima del escalafón. Por otra parte, las empresas deben encuadrar al menos el 10 por ciento de su dotación en los dos escalafones más altos del convenio.

El acta fue derivada a la Secretaría de Trabajo para su homologación. Sin embargo, ambas partes precisaron que el acuerdo es de cumplimiento obligatorio e inmediato desde el momento de la firma, en virtud del artículo 959 del Código Civil y Comercial.

Qué sigue en enero

Las partes volverán a reunirse en enero para medir la inflación registrada entre octubre y diciembre y definir si corresponde un ajuste adicional. La pregunta que queda abierta es si estos valores alcanzarán para sostener el poder adquisitivo de los trabajadores hasta el cierre del año.

NC
Norberto CattaneoCampo y producción

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