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Entró en vigencia el nuevo régimen penal juvenil y la imputabilidad desde los 14 años ya rige en todo el país

La ley 27.801 comenzó a aplicarse este sábado tras los 180 días previstos desde la sanción. Establece sanciones graduadas y una pena máxima de 15 años de prisión para los delitos más graves, con libertad condicional a los dos tercios. Seis menores acusados de homicidio quedaron fuera del alcance de la norma por haber cometido los hechos antes de la entrada en vigencia.

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Mariela ZabalaPoliciales y judiciales · 5 DE SEPT DE 2026 · 2 min de lectura

El nuevo régimen penal juvenil argentino comenzó a regir este sábado, una vez cumplidos los 180 días desde la publicación en el Boletín Oficial de la ley 27.801. La norma reduce de 16 a 14 años la edad de imputabilidad de los adolescentes y diseña un esquema de sanciones graduadas según la gravedad del hecho investigado.

La redacción oficial aclara que la privación de libertad se aplicará únicamente en los casos más severos, con tres modalidades previstas: arresto domiciliario, internación en un instituto de régimen abierto o alojamiento en un centro especializado de detención. La pena máxima fijada para los menores de edad alcanza los 15 años, aunque los dos tercios de la condena pueden cumplirse bajo libertad condicional, lo que deja el encierro efectivo en un tope cercano a los diez años.

Delitos leves y medidas alternativas

Para las conductas de menor gravedad, como hurtos y robos sin armas, la ley habilita sanciones alternativas al encierro. Incluso en robos agravados con armas de fuego, el juez conserva la facultad de sustituir la prisión por otras medidas, entre ellas tobilleras electrónicas, prohibición de concurrir a determinados lugares y, en situaciones extremas, separación del adolescente respecto de su entorno familiar cuando se acredite que ese entorno fomenta la actividad delictiva.

  • Dictamen pericial favorable a la medida alternativa.
  • Conformidad del Ministerio Público Fiscal.
  • Audiencia previa con la víctima.
  • Inexistencia de condenas previas ni de procesos con auto de procesamiento firme.

Hechos anteriores a la ley: seis menores quedaron afuera del nuevo régimen

Entre la sanción de la norma en el Congreso y su entrada en vigencia, al menos seis menores acusados de homicidio quedaron fuera del alcance del nuevo esquema por razones de edad al momento del hecho. Entre los casos que no alcanzará la ley figura el asesinato del cabo Cristian Gerez, de 36 años, ocurrido el 20 de julio en Loma Hermosa, provincia de Buenos Aires. Los dos imputados, de 14 y 15 años, permanecen bajo custodia del sistema de menores pero no enfrentarán proceso penal ni condena.

Bajo el régimen anterior, un adolescente considerado inimputable podía permanecer internado en un instituto hasta cumplir los 18 años, sin que se le registraran antecedentes. La flamante ley introduce un cambio de paradigma: a partir de ahora, los menores de entre 14 y 17 años que cometan delitos graves serán pasibles de condena penal con cumplimiento efectivo de pena privativa de la libertad.

La fiscalía especializada en responsabilidad penal juvenil quedó habilitada para intervenir en todos los expedientes iniciados desde este sábado, mientras los organismos de protección de derechos conservarán competencia en las causas por hechos previos a la entrada en vigencia. La próxima instancia clave será la reglamentación operativa de los centros de detención especializados y del régimen de libertad condicional, prevista para las próximas semanas por las autoridades con responsabilidad en la gestión.

MZ
Mariela ZabalaPoliciales y judiciales

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