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Martes, 6 de octubre de 2026
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Mendoza abrió un canal gratuito para renegociar deudas de consumo con tope de ingresos y de capital

La Provincia habilitó una instancia oficial para que consumidores mendocinos revisen compromisos con tarjetas, préstamos y financiaciones cuando los pagos superen el 30% del ingreso familiar. El procedimiento no impone condiciones: cualquier quita, espera o cambio de cuotas depende del acuerdo con los acreedores.

IB
Ignacio BertoliniEconomía y agroindustria · · 2 min de lectura
Mendoza abrió un canal gratuito para renegociar deudas de consumo con tope de ingresos y de capital

La Provincia de Mendoza puso en marcha un procedimiento de conciliación gratuita orientado a consumidores con domicilio real en la jurisdicción que atraviesen situaciones graves o inminentes de insolvencia personal o familiar. La herramienta, administrada por la Oficina de Conciliación de Reestructuración de Deudas de Consumo (OCDC), busca renegociar deudas de tarjetas de crédito, préstamos personales y otras obligaciones de consumo, según se informó oficialmente.

El mecanismo, según el texto difundido por el Gobierno de Mendoza, se activa cuando los compromisos financieros exceden el 30% de los ingresos mensuales netos de quienes conviven en el hogar. Ese umbral desciende al 25% para casos considerados de especial vulnerabilidad social, entre los que se mencionan hogares con menores a cargo, personas con discapacidad, jubilados y pensionados que perciben el haber mínimo, personas desempleadas, beneficiarios de programas sociales y trabajadores informales.

Cómo funciona la instancia

El procedimiento no garantiza quita ni quita de intereses de manera unilateral. Las alternativas que pueden discutirse en la mesa de conciliación incluyen la extensión de los plazos de pago, la aplicación de períodos de espera, la eliminación de intereses punitorios y de cargos por mora, y la readecuación del esquema de cuotas. La instrumentación concreta de cualquiera de esas variantes queda supeditada a un acuerdo entre el deudor y cada uno de los acreedores involucrados.

La intervención tiene, además, un tope de capital: el total adeudado no puede superar el equivalente a 100 salarios mínimos, vitales y móviles vigentes al momento de solicitar el trámite. La referencia se utiliza para delimitar el universo de obligaciones alcanzadas y para descartar operaciones por montos superiores que, por su escala, exceden el perfil de endeudamiento de consumo que la instancia procura atender.

  • Préstamos personales y financiamiento de bienes de consumo.
  • Deudas con tarjetas de crédito emitidas por entidades financieras.
  • Créditos otorgados por plataformas financieras autorizadas, mutuales y cooperativas.
  • Obligaciones con empresas no financieras vinculadas al consumo familiar.

Quedan expresamente excluidas del procedimiento las deudas con garantía hipotecaria, las obligaciones alimentarias, las multas y las sanciones de carácter penal. Tampoco forman parte del alcance las deudas contraídas en el ejercicio de actividades empresariales o comerciales, lo que acota el instrumento a la órbita del consumo final.

El trámite ante la OCDC

La presentación se realiza ante la OCDC, donde el consumidor debe detallar la totalidad de sus acreedores, los importes adeudados y un estado actualizado de sus activos y pasivos. Con esa información, Defensa del Consumidor cita a las entidades acreedoras, que cuentan con un plazo de hasta 10 días hábiles para informar su posición sobre la propuesta de reestructuración. La instancia de conciliación es gratuita y se desarrolla en el ámbito de la Provincia, sin intervención judicial, aunque el procedimiento conserva el carácter formal propio de los mecanismos administrativos de defensa del consumidor.

IB
Ignacio BertoliniEconomía y agroindustria

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